¿Le corresponde distintivo?
Distintivo de residente del Área Verde
Son residentes del Área Verde las personas físicas que estén empadronadas en las zonas reguladas y que dispongan de un vehículo de más de 2 ruedas y que no supere los 6 metros de longitud, los 3.500 kg de PMA, y un número de 9 pasajeros como máximo.
¿Quién lo puede solicitar?
Se deben cumplir todos los requisitos siguientes:
- Ser titular o conductor principal de un vehículo dado de alta del IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica) en la ciudad de Barcelona, siempre que conste como tal en el seguro del vehículo.
- Ser el conductor principal de un vehículo de la empresa donde trabaja con la que mantenga un contrato mercantil de prestación de servicios en el caso de ser autónomo.
- Ser el conductor principal de un vehículo en régimen de renting, leasing o en alquiler estable, superior a tres meses, ya sea a nombre suyo o a nombre de la empresa donde trabaja con la que mantenga un contrato mercantil de prestación de servicios en el caso de ser autónomo.
¿A qué da derecho?
A estacionar como residente en las plazas de Área Verde de su zona de residente con un coste de 20 céntimos al día o 1 euro a la semana.
Consideraciones importantes:
- Se entregará un distintivo válido para el año en curso.
- En las zonas exclusivas, continúa siendo necesario tener el distintivo en festivos y fin de semana pero sin comprobante horario.
- Es necesario comunicar los cambios de domicilio del vehículo y devolver el distintivo antiguo.
¿Qué documentación debe presentarse?
Descargue aquí la documentación
¿Dónde se puede solicitar?
- Teléfono: 010
- Oficina del Área Verde:
Plaza Carles Pi Sunyer 8-10 bajos.
Horario: de Lunes a Viernes de 8’30 a 17’30 h.
Distintivo de comerciante del Área Verde
Los residentes titulares de un comercio con establecimiento a pie de calle en otra zona regulada del Área Verde podrán optar por cambiar, de Lunes a Viernes, de la zona de residencia donde están empadronados a la zona regulada que corresponda a la dirección de su comercio.
¿Quién lo puede solicitar?
Se deben cumplir todos los requisitos siguientes:
- Tener derecho a distintivo de residente del Área Verde.
- Ser propietario de un comercio a pie de calle dentro de los límites del Área Verde. comercio debe estar dado de alta como una actividad económica entre los epígrafes 611 a 665.
- Sólo se puede pedir un distintivo por persona, local y año.
¿A qué da derecho?
A estacionar como residente de Lunes a Viernes en la zona de residentes de su comercio.
Consideraciones importantes:
- Se entregará un distintivo válido para el año en curso.
- El distintivo de comercio es válido de Lunes a Viernes. En zonas exclusivas, los fines de semana no se podrá estacionar.
- La tramitación del distintivo de comerciante supone la renuncia al distintivo de residente.
- No se podrá estacionar como residente en el domicilio habitual.
¿Qué documentación se debe presentar?
Descargue aquí la documentación
¿Dónde se puede solicitar?
Se puede solicitar a partir del 1 de Abril a través de:
- Teléfono: 010
- Oficina del Área Verde:
Plaza Carles Pi Sunyer 8-10 bajos.
Horario: de Lunes a Viernes de 8’30 a 17’30 h.
La entrega del distintivo no será inmediata.
Pago trimestral
A partir del 1 de julio de 2010 los residentes que lo hayan solicitado, podrán optar por el pago trimestral de la tasa de estacionamiento de su zona.
¿Quién lo puede solicitar?
Para acogerse al pago trimestral es condición indispensable disponer de un distintivo de residente vigente.
¿A qué da derecho?
A extraer un comprobante horario válido para tres meses para poder estacionar en las plazas verdes dentro de su zona.
Consideraciones importantes:
- Se entregará una tarjeta que será imprescindible para realizar el pago y poder extraer el tiquet horario.
- Se entregará una tarjeta por vehículo.
- En el supuesto de tener derecho a subvención (tarjeta del 25% o 50%) esta reducción se podrá aplicar al pago, previa devolución de la tarjeta de subvención.
¿Qué documentación hay que presentar?
Ninguna
¿Dónde se puede solicitar?
- Teléfono: 010
- Oficina del Área Verde:
Plaza Carles Pi Sunyer 8-10 bajos.
Horario: de Lunes a Viernes de 8’30 a 17’30 h.
¿Como puedo realizar el abono trimestral?
El pago se podrá realizar mediante dos canales:
- A través del parquímetro a partir del 1 de julio y hasta el día 15 de julio, para el tercer trimestre, y del 1 al 15 de octubre, para el cuarto trimestre.
- A través de este link desde el 21 de junio al 15 de julio, para el tercer trimestre, y del 20 de septiembre al 15 de octubre, para el cuarto trimestre.
¿Cuáles son las tarifas? 0% 25% 50%
TERCER TRIMESTRE (1 de julio a 30 de septiembre) 9€ 6,75€ 4,50€
CUARTO TRIMESTRE (1 de octubre a 31 de diciembre) 13€ 9,75€ 6,50€
Acuerdos específicos:
Colegio Oficial de Agentes Comerciales
Fundación Barcelona Comercio
